Nuestro Manual Convivencia

DEBERES QUE SE CONTEMPLAN PARA TODOS LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

 

Artículo 12: Para una convivencia armónica según los principios y criterios de la filosofía institucional es necesario que todos los miembros de la Comunidad Educativa del Colegio de  Educación Básica y Media Técnica “Nuestra Señora de Nazareth” cumplan con  los siguientes deberes:

  1. Cumplir con responsabilidad y sentido de pertenencia, las funciones de acuerdo a su cargo.
  1. No promover ni participar en riñas, peleas u otras discusiones que den lugar a escándalo público.
  2. Abstenerse de consumir bebidas alcohólicas o estupefacientes.
  3. No portar revistas, libros, ilustraciones u otros objetos pornográficos.
  4. Abstenerse de soborno o intento de soborno a cualquier miembro de la comunidad educativa para obtener beneficios personales o de grupo.
  5. No utilizar el nombre de la Institución para fines particulares, de grupo o de asociación.
  6. Respetar y cumplir las normas del control Interno.
  7. No utilizar las paredes, puertas, pupitres y otros para dibujar grafitis o escribir letreros.
  1. No adulterar documentos y firmas.
  2. No sustraer ni intentar sustraer documentos de cualquier dependencia de la institución.
  3. Abstenerse de utilizar las dependencias de la Institución o las propiedades del vecindario para formar grupos que provoquen desorden, diálogos soeces, daños a las paredes, ventanas y demás bienes.
  4. No promover ni realizar actos vandálicos contra los bienes de la Institución o de cualquier miembro de la Comunidad Educativa.

 

CAPITULO VII

DEBERES   DE LOS  ESTUDIANTES

Artículo 13. Deber es: Asumir con responsabilidad y honestidad los compromisos adquiridos con la institución y firmados en la Matrícula.

  1. Respetar la filosofía de la Institución.
  2. Asumir con responsabilidad los compromisos del Manual de Convivencia.
  3. Aceptar y acatar con respeto las correcciones y observaciones realizadas por Directivos, Docentes, funcionarios de la Institución y gobierno escolar.
  4. Responder a las exigencias académicas de la institución, conservando un nivel adecuado a los parámetros de las pruebas de Estado.
  5. Respetar y mantener la disciplina en todas las actividades programadas por la Institución a nivel: académico, formativo, pedagógico, cultural, cívico, artístico, religioso y deportivo.
  6. Valorar, respetar y acoger a todos los miembros de la comunidad educativa, sin discriminación aunque presenten cualquier discapacidad o dificultad (Ley 1098 Art. 44, Nº 6), propiciando relaciones sinceras, cordiales y respetuosas.
  7. Cuidar y utilizar correctamente todos los bienes muebles e inmuebles y las instalaciones de la Institución Educativa.
  8. Respetar las pertenencias de los demás y devolver lo que ha solicitado  prestado a algún miembro de la Comunidad
  9. Pagar las deudas contraídas con cualquier miembro de la comunidad educativa y responder por las pérdidas y daños ocasionados en las instalaciones y dotaciones a su servicio.
  10. Decir siempre la verdad y actuar con honestidad.
  11. Valorar y respetar el grupo familiar al cual pertenece, así como a todos los miembros de la comunidad educativa.
  12. Reconocer y valorar las capacidades de desempeño superior de los estudiantes que lo presenten (Ley 1098 Art. 44, Nº 6).
  13. Mantener una óptima presentación personal; en caso necesario utilizar para su cabello, moños de colores azul oscuro, blanco o negro y conservar el color del cabello natural.
  14. Conocer el conducto regular para los manejos de situaciones académicas y disciplinarias.
  15. Portar el carnet estudiantil,  el cual lo acredita  como miembro activo  de la comunidad educativa.
  16. El uniforme del colegio es símbolo de identidad;  portarlo representa a  la Institución. Su adecuado uso propende por desarrollar en los estudiantes  hábitos de aseo ,higiene  y respeto por ella misma, de tal manera que deberá portarlo en buen estado con dignidad, respeto, ordenado, limpio  y  según el horario de clases,  de acuerdo con las siguientes características:

El uniforme de diario consta de:

  • Blazer  azul oscuro en paño con el escudo del colegio en hilo dorado y abotonadura establecida.
  • Camisa blanca manga corta, cuello sport.
  • Chaleco Azul (Modelo exclusivo del colegio).
  • Para niñas: Zapatos colegiales azul oscuro según modelo del colegio  y cordones blancos  y para niños zapatos negros.
  • Para niñas: Falda  azul con pliegues a la rodilla ( según modelo y color establecido por el colegio)  y medias lisas color blanco  ( media media)
  • Para los niños: pantalón  azul oscuro (según modelo  establecido por el colegio), correa negra  y medias azul oscuro.

 

Parágrafo: para el uniforme de gala se vestirá  camisa cuello duro, corbata vino tinto y guantes de color blanco.

El uso del delantal es obligatorio  para los estudiantes  de preescolar a quinto según  el modelo establecido  por el colegio.

 

El uniforme de Educación Física consta de:

 

  • Camiseta blanca  con el escudo del colegio.
  • Sudadera modelo establecido por el colegio (no entubado)
  • Tenis totalmente blancos, sin marquillas  de colores 
  • Medias blancas deportivas  ( no tobilleras)
  • Pantaloneta azul
  • Para la clase de educación física las niñas deben venir con el cabello recogido.

Parágrafo 1.

  • No se permite  el uso de otro  tipo  de calzado  diferente del estipulado.
  • Portar el blazer siempre en forma  adecuada. Se debe llevar puesto durante las formaciones, Izadas de Bandera, Ceremonias, Eucaristías fuera del colegio y demás actividades  que así lo requieran.
  • Los hombres deben venir afeitados al colegio y llevar siempre el cabello corto, el corte del cabello es clásico.
  • Las niñas no deben usar maquillaje, esmalte  de color en las uñas, como tampoco utilizar  adornos de ninguna clase.
  • Las moñas de las niñas debe ser únicamente de color blanco, negro o azul oscuro.
  • Ningún estudiante puede utilizar accesorios  como: collares, pulsos tejidos o prendas diferentes al uniforme ( guantes, ruanas, gorros  de lana, cachuchas, bufandas y chaquetas de colores)
  • No se permite tatuajes, tinturas de cabello o piercings.

Parágrafo 2. 

  • Todo Docente  tiene la plena  autorización de exigir el uniforme en cualquier momento.

CAPITULO VIII

 

Artículo 14. CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR

 

FALTAS TIPO 1 (Situaciones Tipo I) (Decreto 1965, Art. 40)

 

Corresponden a este tipo de faltas aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar  y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud, pero deben tener acciones pedagógicas correctivas que contribuyen a la formación integral de los estudiantes:

 

  1. Apatía, irrespeto, falta de sentido de pertenencia o desprecio al colegio, su filosofía y las actividades programadas.
  2. Impuntualidad en el colegio y en las clases: Cuando un estudiante llega tarde se queda la primera hora en la biblioteca; firma el retardo describiendo el motivo de su retardo y además tiene 1.0 en la primera hora.  Dos retardos acumulados e injustificados, en cualquier clase de una misma asignatura y/o actividad, equivalen a una falla o ausencia.
  3. No decir la verdad: Hacer reclamos mediante argumentaciones basadas en mentiras, tergiversar hechos o argumentar a través de mentiras ante cualquier miembro de la comunidad educativa.
  4. Recibir cuadernos, trabajos y demás materiales dentro de la jornada escolar, que hayan dejado en la casa.
  5. No Portar adecuadamente el uniforme establecido en el manual de convivencia, de manera respetuosa.
  6. Usar con el uniforme: maquillaje, tatuajes,  piercing, cabello tinturado, etc.
  7. Usar el uniforme de educación física con prendas diferentes a las establecidas.
  8. Usar el uniforme en horas de la tarde o de la noche en lugares no autorizados.
  9. Intercambiar parcial o totalmente con los compañeros (as) el uniforme dentro de la Institución.
  10. Descuido en la presentación personal (uniforme sucio y/o en mal estado).
  11.  No portar el carnet estudiantil, según lo establecido.
  12. Realizar en las horas de clase, actividades diferentes a las propuestas por el profesor (tareas y consultas de otras asignaturas, uso del celular y aparatos tecnológicos no autorizados por el docente de la asignatura).
  13. Ausencias en las celebraciones religiosas, culturales, deportivas, académicas del colegio sin previa autorización.
  14. Llegar tarde a las actividades y actos programados, incumpliendo el horario establecido.
  15. Arrojar basura al piso.
  16. Omitir el aviso del timbre para el ingreso al salón de clase.
  17. Salir del aula de clases sin autorización del docente de la asignatura correspondiente.
  18. Incumplimiento con actividades complementarias de formación sin justificación. Faltar a clase o a actividades programadas donde asume un compromiso. Como izadas de bandera o muestra de la ciencia.
  19. Consumir alimentos o bebidas y masticar chicle en el aula de clase.
  20. Presentar bajo rendimiento y negligencia en el cumplimiento de los deberes académicos. No presentar tareas, trabajos, consultas, exposiciones y actividades asignadas por los docentes siendo esta causal para la negación de cupo para el siguiente año.
  21. Negarse a presentar evaluaciones y actividades de mejoramiento sin excusa válida.
  22. Sentarse sobre el escritorio del profesor, mesas o sobre los pupitres.
  23. Permanecer fuera del salón de clases cuando el docente no ha llegado.
  24. Permanecer por fuera de los sitios asignados para la realización de las diversas actividades del colegio.
  25. Utilizar modales inadecuados o burdos.
  26. Asumir posturas inadecuadas: acostarse en el piso, apoyarse en las ventanas y pasillos. En horas de clase y actividades académicas, culturales o religiosas ofrecidas por la Institución
  27. No presentar excusa firmada por los padres o acudientes que justifiquen la ausencia a clase, con mínimo tres días después de la ausencia.
  28. Generar indisciplina a través de conversaciones que interrumpen las clases o actividades programadas.
  29. Permanecer durante los descansos en las aulas de clase, baños, o lugares restringidos por el colegio.
  30. Escribir, rayar o pegar adhesivos en paredes, baños, mobiliario o pupitre asignado.
  31. Ingresar a la sala de profesores, coordinación o rectoría, sin autorización previa de los superiores.
  32. Incumplimiento del reglamento interno de la biblioteca, sala de sistemas, laboratorios, tienda escolar y capilla.
  33. Incumplir con el aseo, el orden y la limpieza en los salones de clases como de todas las dependencias y espacios que tiene el colegio, según lo establecido por las directivas, docentes, directores de grado o representante de grupo.
  34. Presentarse a clase sin los útiles o elementos necesarios para desarrollar las actividades programadas.
  35. Impuntualidad en la llegada a la institución para el acto diario de la oración.
  36. No informar oportunamente a los padres de familia sobre las reuniones y actividades del colegio, no entregar circulares, y los desprendibles debidamente firmados a los directores de grado.
  37.  Incumplir en la entrega de libros en la biblioteca.
  38. Comprar en la tienda escolar, en horas de clase.
  39. Permitir el ingreso de personas extrañas o ajenas del colegio, sin previa autorización de las directivas.
  40. Tomar y usar objetos sin autorización de su dueño o esconder elemento de trabajó de sus compañeros
  41. Propiciar dentro del colegio, manifestaciones amorosas tales como besarse, acariciarse, sentarse en las piernas de un compañero o compañera y otras manifestaciones que atenten contra la moral o el normal desarrollo de las actividades en general.
  42. Organizar ventas o negocios en la institución sin autorización.

 

Artículo 15. PROCEDIMIENTO PARA LAS FALTAS: TIPO I

  1. Informe verbal y/o escrito del miembro de la comunidad educativa que presencio el hecho que dio lugar a la falta ante el director de grado y/o el docente correspondiente.
  1. Narración de los hechos por parte del estudiante que cometió la falta en el anecdotario. A la segunda anotación se registra en el Observador del estudiante.(Registro PGC-02 R02)

Si el estudiante no se corrige:

  1. Se citarán padres de familia y/o acudientes del estudiante, quienes con el estudiante, deben presentarse en el horario establecido para atención a padres. Se registra en el Control de Atención a Padres de Familia.

 

  1. SI HAY RECURRENCIA EN LA FALTA:

 

La Coordinadora de Convivencia citará a los padres de familia y/o acudientes  por medio de la PGC-02- R03 (Citación a padres de familia) en la que les informará de los hechos acaecidos y diligenciará el formato PGC-02- R04 – (Acta de compromiso convivencial) la coordinadora de convivencia puede aplicar las acciones pedagógicas correctivas y/o remitirlo  (a) a orientación escolar con previa autorización de los padres.

 

Parágrafo.- Cuando las faltas tipo I son recurrentes y las acciones pedagógicas no han dado resultado en el comportamiento del estudiante se convierten en tipo II; por tanto, se sigue el proceso de las faltas tipo II y el estudiante puede ser desescolarizado.

ACCIONES PEDAGOGICAS

  1. En la valoración formativa se bajará una (1) décima por cada falta y se hará el respectivo registro en el anecdotario.
  2. Elaboración de trabajos formativos como: Carteleras, folletos, lectura, película o audiciones dirigidas, exposiciones, investigaciones, consultas, terapias, charlas, foros, orientados por la Coordinadora de Convivencia y exposición del mensaje a los compañeros de curso o de la Institución.

 

Artículo 16. FALTAS TIPO 2 (situaciones tipo II)

Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

a. Que se presenten de manera repetida o sistemática.

b. Que causen daños al cuerpo o a la salud, mental, espiritual, social sin generar    incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

 

Toda falta contra el comportamiento normativo es grave; afecta la valoración del aspecto formativo y puede llevar a la cancelación de la matrícula.

  1. Asumir de manera irrespetuosa, con burla, abucheos, no aceptar o acatar las correcciones y observaciones realizadas por directivas, docentes, funcionarios de la institución y Gobierno Escolar.
  2. No devolver lo que ha solicitado prestado a algún miembro de la comunidad educativa.
  3. Incumplimiento del numeral 6, art. 44 de la Ley 1098 de 2013 el cual establece la no discriminación a las personas con cualquier dificultad o discapacidad.
  4. Actuar con deshonestidad en la entrega de trabajos, tareas y actividades asignadas, así como en las relaciones interpersonales.
  5. Irrespetar con actitudes, palabras o con acciones a algún miembro de la comunidad educativa: Directivas, docentes, padres de familia, estudiantes o funcionarios.
  6. No respetar las opiniones, puntos de vista de los demás y procesos de diálogo para la solución de los problemas, conflictos de convivencia y dificultades.
  7. Usar un vocabulario inadecuado, palabras soeces, vulgaridades, groserías en el trato con cualquier miembro de la comunidad educativa.
  8. Irrespetar el buen nombre de la Institución Educativa, sus principios y filosofía.
  9. Hacer uso inadecuado de celulares y artefactos tecnológicos u otros objetos que distraigan la atención en la jornada escolar y eventos generales.
  10. Ingresar a la Institución bebidas alcohólicas, estupefacientes y otras sustancias que hagan daño a la salud.
  11. Intimidar con fines de maltratar psicológicamente de manera continuada a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, utilizando tecnologías de información como redes sociales, telefonía móvil y video juegos online.
  12. Causar daño al cuerpo o la salud de un compañero (a) o de cualquier miembro de la comunidad educativa con puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, pellizcos, jalón del cabello etc.
  13. Degradar, ofender, humillar, atemorizar  a sus compañeros o cualquier miembro de la comunidad educativa mediante insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas, o bien con gestos que busquen descalificar  a otros compañeros (as)
  14. Propiciar, difundir rumores o secretos de compañeros (as) con el objeto de afectar negativamente su status o imagen del niño (a) y/o adolescente frente a otros, para lograr su exclusión de los grupos y aislarla deliberadamente.
  15. Realizar juegos bruscos que pueden generar lesiones físicas.
  16. Comunicarse con los demás por medio de gestos vulgares, irrespetuosos o agresivos.
  17. Hacer bromas de mal gusto que hagan sentir mal a otras personas o pongan en riesgo su integridad física o emocional.
  18. Utilizar el nombre de la Institución para efectuar actividades, ya sean de tipo social, económico o de otra índole.
  19. Escribir grafitis, dibujar en las mesas, puertas, pupitres, muros, paredes de la Institución o incitar a otras personas para que actúen en perjuicio de los bienes de otros o de la Institución
  20. No realizar el Servicio Social y práctica laboral Obligatoria en la actividad y el lugar asignado.
  21. Sabotear las clases llevando a los salones sustancias mal olientes, material inflamable, animales u objetos que distraigan a los estudiantes.
  22. Protagonizar escándalos públicos o participar en cualquier forma de violencia que ponga en peligro la sana convivencia y atente con la integridad física y moral de las personas.
  23. Sobornar y/o intentar hacerlo a directivas profesores personal administrativo o de mantenimiento para tener beneficios académicos disciplinarios o de servicios.
  24. Respetar y cuidar el salón inmobiliario de todos los bienes pertenecientes del colegio y en caso de incurrir a algún daño responsabilizarse de sus costos.

 

Parágrafo: Si se comete algún daño debe hacerse responsable de él y comunicarse inmediatamente a la coordinadora, para reparar el daño de un término no mayor de 3 días, entregar en coordinación todo objeto que se encuentre y que no le pertenezca.

 

  1. Alterar registros de evaluaciones, constancias y trabajos ya corregidos.
  2. Encubrir a compañeros en ausencias, retardos o en cualquier otra falta de honestidad que vaya en contra de la comunidad.
  3. Salir de la casa con pretexto de presentarse en el colegio y dirigirse a otros sitios.
  4. Falsificar documentos y firmas.
  5. Irrespetar las creencias y prácticas religiosas
  6.  Comportarse indigna y/o indisciplinaríamente en algún acto cívico, ceremonia religiosa o civil, actos y salidas culturales, ecológicas, deportivas de convivencia, trabajo social y práctica laboral o actividades extra curriculares al que se represente al colegio dentro y fuera de él.

 

PROCEDIMIENTO PARA FALTAS TIPO II

 

Las faltas tipo I-II- III afectan el aspecto formativo y debe registrase en el Observador del Estudiante PGC-01- R03.

En caso de que el incumplimiento lo detecte un padre de familia, acudiente, administrativo o un particular, debe reportarlo al director de grupo con evidencias. Se registra en el observador del estudiante Informe verbal y/o escrito del miembro de la comunidad educativa que presencio el hecho que dio lugar a la falta ante el director de grado y/o el docente correspondiente.

  1. Se cita al estudiante por parte del director(a) de grado y se registra en el observador del Estudiante.
  2. Se citará a los padres de familia o acudientes del estudiante por parte de la Coordinadora de Convivencia, mediante el formato PGC-02-R03- (citación a padres) junto con el estudiante el día hábil siguiente.
  3. Se registra en el Control de Atención a Padres de Familia. (Anexar al observador o carpeta de la Estudiante) se firmará Compromiso Convivencial PGC-02-R04. La coordinadora de convivencia ingresa al estudiante en la lista de estudiantes con necesidades especiales de acompañamiento en el registro PGC-02-R05. Para continuar con el proceso de acompañamiento al estudiante se solicita la autorización de los padres de familia y se realiza la intervención por parte de la Pisco- orientadora de la institución.
  4. Si la falta lo amerita, la coordinadora de convivencia debe remitir a los estudiantes con sus padres al COMITÉ DE CONVIVENCIA quienes levantarán Acta de los hechos en el formato establecido,  realizarán el seguimiento correspondiente y tomarán las medidas pertinentes que busquen la conciliación y el restablecimiento de los derechos de las personas afectadas. Una vez realizado lo anterior la Rectora reportará la información del caso al aplicativo que se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
  5. Citación de los padres y estudiante mediante el PGC-02 R03-(citación a padres),- realizada por la secretaria del COMITÉ DE CONVIVENCIA ante el Consejo Directivo; se toman las decisiones pertinentes y si es el caso, se puede dar la desescolarización.

Parágrafo: En caso de que la falta lo requiera, la Rectora y/o los padres de familia informarán a los entes estatales correspondientes para el tratamiento de la misma.

ACCIONES PEDAGÓGICAS CORRECTIVAS

  1. En el comportamiento y en la valoración convivencial, se disminuirá cinco (5) décimas por cada falta grave o su pérdida si la falta lo amerita, con anotación en el observador.
  2. Pérdida del derecho a ingresar a clase por dos días, durante los cuales el estudiante realizará trabajos formativos en la institución, que ayuden a su desarrollo integral. Toda actividad académica que se realice en esos días  será valorada con uno (1)
  3. Elaboración de cartelera y exposición ante los compañeros, con temas alusivos a la corrección de la falta.
  4. Actividades de reparación de muebles e inmuebles que haya dañado.
  5. Compensación económica o material del elemento dañado.
  6. Pérdida de algún estímulo.
  7. Pérdida de las horas realizadas como práctica laboral y Servicio Social, por inasistencia o por abandono de la actividad asignada.
  8. No graduarse, hasta no cumplir todos los requisitos legales, incluyendo el Servicio Social Obligatorio y/o práctica laboral.
  9. Pérdida de privilegios o permisos.
  10. Desescolarización de 1 a 10 días.
  11. Solicitud de perdón público
  12. Remisión del estudiante por la orientadora escolar a psicólogo, trabajador social, médico, siquiatra, fundaciones especializadas, otros profesionales y entrega del informe escrito de la valoración y recomendaciones de los especialistas al colegio.
  13. Desescolarización definitiva.

Parágrafo: El colegio se reserva el derecho de admisión, para el siguiente año, de los estudiantes que hayan infringido reiteradamente el reglamento, o que sus padres no hayan cumplido con los procesos de mejoramiento contemplados en el manual de convivencia.

Artículo 17. FALTAS TIPO 3 (situaciones tipo III)

Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

  1. Apropiarse de las pertenencias en mayor o menor cuantía de algún miembro de la comunidad educativa.
  2. Dañar con intención o dolo  las pertenencias de los demás.
  3. Incurrir  en más de dos ocasiones en cualquiera  de las faltas tipo dos del presente manual.
  4. Ejercer actividades de corrupción a través de revistas pornográficas, páginas de internet y otros elementos que afecten la dignidad o el respeto por el cuerpo humano.
  5. Poner en tela de juicio la dignidad, el buen nombre, las buenas costumbres de los miembros de la comunidad educativa a través de las redes sociales o cualquier otro medio.
  6. Ofender, desprestigiar, irrespetar, amenazar a cualquiera de los miembros de la comunidad educativa.
  7. Divulgar fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizando comentarios insultantes u ofensivos sobre sus compañeros (as) en redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto ofensivos, tanto de manera anónima o revelando su identidad.
  8. Ejercer la fuerza o cualquier otra forma de coerción física, psicológica, emocional sobre compañeros (as) que se encuentren en condiciones de indefensión, desigualdad, con el fin de propiciar un comportamiento de tipo sexual.
  9. Sustraer, dañar o modificar documentos oficiales de la institución.
  10. Pertenecer a pandillas, sectas satánicas, organizaciones delictivas y otros grupos que atenten contra el buen nombre y la honra de la comunidad educativa.
  11. Ingresar, consumir o distribuir bebidas embriagantes, cigarrillos o drogas psicoactivas dentro o fuera del plantel.
  12. Portar cualquier tipo de armas corto punzantes como bisturíes, tijeras (excepto las de punta roma), navajas, corta uñas, puñaletas, armas de fuego, juguetes bélicos y otros.
  13. Causar daños de manera intencional sobre los bienes muebles e inmuebles pertenecientes a la institución educativa.
  14. Utilización indebida o pérdida del material de enseñanza, daños en la planta física, muebles, enseres etc. En cualquiera de estos casos, el estudiante deberá asumir los costos de reparación o reposición de los mismos.
  15. Estar vinculado a un proceso judicial por mala conducta, claramente comprobada.
  16. Fabricar, usar, portar y/o traficar con cualquier arma y/o explosivo.
  17. Organizar o participar en activos masivos como huelgas o asonadas que interrumpen el normal funcionamiento de la institución
  18. Hurtos de bienes de menor o mayor cuantía dentro o fuera del colegio.

Parágrafo: Comportamiento escandaloso e irrespetuoso de los padres o acudientes dentro o fuera del colegio y que causen lesión a la dignidad y reputación de la comunidad educativa.

  1. Comportamiento escandaloso dentro y fuera del colegio por parte del estudiante y que atente contra los principios y buen nombre del plantel y de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa.
  2. Presentar documentos falsos en el momento de la matricula o para resolver otra situación de la vida escolar.
  3. No acatar las órdenes emanadas de rectoría.

PROCEDIMIENTO PARA LAS FALTAS TIPO III

Cuando un estudiante comete faltas que afectan la dignidad humana, bienes y derechos de las personas, la corrección debe ser inmediata así:

  1. La Coordinadora de Convivencia una vez tenga conocimiento de los hechos que configuran las faltas tipo III contenidas en el Manual, pondrá en conocimiento al COMITÉ DE CONVIVENCIA quienes tomarán las medidas conducentes conforme a su reglamento y procederán a remitir a las Autoridades administrativas de acuerdo a la Ley 1098 del 2006, dejando constancia de ello, e igualmente procederá a proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, e  informará a los padres y/o acudientes de los estudiantes involucrados. Se registra en los formatos del Comité de Convivencia.
  2. El COMITÉ DE CONVIVENCIA propiciará los espacios en los que las partes involucradas y los padres y/o los acudientes puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.
  3. EL COMITÉ DE CONVIVENCIA determinará las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un marco de respeto y tolerancia.
  4. Una vez realizado lo anterior la Rectora en su calidad de presidenta del Comité de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia escolar.
  5. Cuando las acciones sean de órdenes disciplinarios y no punibles se remitirá el caso al CONSEJO DIRECTIVO de la Institución quién tomará las decisiones pertinentes conforme a su reglamento.
  6. La institución respetará y agotará el debido proceso interno y remitirá las situaciones que pueden constituir correctivos aplicables por autoridades especiales diferentes a la institución, como I.C.B.F, policía de infancia y adolescencia, fiscalía, juzgados, comisarías de familia y otros. 

ACCIONES PEDAGÓGICAS CORRECTIVAS TIPO III

  1. Rebaja en la valoración formativa o su pérdida si la falta lo amerita. Rebaja en el comportamiento y anotación en el observador.
  2. Pérdida del derecho a ingresar a clase de dos a diez días, con la pérdida de evaluaciones, trabajos y demás obligaciones académicas que se generen en esas fechas.
  3. Actividades de reparación de muebles e inmuebles que haya dañado y/o compensación económica o material del elemento dañado.
  4. Remisión del estudiante por la orientadora escolar de la institución a la Psicóloga, trabajador social, médico, Psiquiatra, fundaciones especializadas, u otros profesionales y entrega de informe escrito de la valoración y recomendaciones de los especialistas a la Institución.
  5. Remisión por parte del Comité de Convivencia al ICBF, policía de infancia y adolescencia, fiscalía, comisarías de familia, inspecciones de policía, puesto de salud y otros, de acuerdo con la tipificación de la falta.
  6. Desescolarización definitiva de la Institución.

 

Parágrafo: El colegio se reserva el derecho de admisión, para el siguiente año, de los estudiantes que hayan infringido reiteradamente el reglamento, o que sus padres no hayan cumplido sus compromisos contemplados en el manual de convivencia.